El 73.1% de los legisladores no ha hecho declaración jurada de bienes.

Publicadas por Noticias Y Ciencias martes, julio 04, 2006


SANTO DOMINGO.- Apenas 26.9 por ciento de los diputados y senadores ha hecho su declaración jurada de bienes, cuando solo restan 43 días para concluir su mandato constitucional de cuatro años.

Solamente, 49 de los 182 diputados y senadores han dado cumplimiento a la Ley 82, que obliga a los funcionarios públicos a levantar un inventario detallado, jurado y legalizado ante un notario público sobre los bienes que constituyen su patrimonio al momento de tomar posesión.

De los 32 senadores solo nueve han hecho su declaración y 40 de los 150 diputados, de acuerdo a un listado facilitado a EL DÍA por la unidad de auditoría del Departamento de Prevención de la Corrupción.
Disposición legal.

El artículo 1 de la Ley 82 establece: “Los funcionarios indicados en el artículo 2 de Ley (Presidente y Vicepresidente de la República, senadores, diputados, secretarios y subsecretarios de Estado, gobernador y vice del Banco Central, administradores generales, síndicos, regidores, tesoreros municipales, jueces, miembros del Ministerio Público y la Cámara de Cuentas) estarán obligados, dentro del mes de su toma de posesión, a levantar un inventario detallado, jurado y legalizado ante notario público, de los bienes que constituyen en ese momento su patrimonio. Igual requisito deben cumplir durante el mes de haber cesado en sus funciones”.

“Los inventarios de bienes deberán ser sometidos por ante el Tesorero Nacional, que tiene la facultad de abstenerse de ordenar el pago de los sueldos a los que no cumplan con su declaración jurada, conforme lo establece el artículo 4”.

El artículo 6 expresa: “Si un funcionario de los obligados bajo esta ley no presenta su inventario de forma y bajo los plazos señalados, será objeto de amonestación que será efectuada por el funcionario jerárquicamente superior al que estuviere en falta, dentro de los respectivos poderes del Estado y cuando se trate de un organismo colegiado, y su presidente es quien ha incurrido en falta de no hacer inventario, la amonestación será del organismo en pleno”.

En un párrafo se establece que los bienes adquiridos por un funcionario que no haya hecho inventario serán considerados ilícitos con todas sus consecuencias, hasta prueba en contrario.

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Noticias Y Ciencias
5-2-09

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